Mhol / www.mhol.org.pe / Miércoles 13 de junio de 2007 / El fallo emitido por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas es rotundo: Colombia ha violado el Pacto de Derechos Civiles y Políticos al negar la pensión por viudez a una pareja gay, y solicita que se tomen las medidas necesarias para que no se repitan hechos similares.

Después de 22 años de relación y 7 de convivencia, un ciudadano gay consideró que tenía los mismos derechos que los compañeros supérstites (viudos) heterosexuales, e hizo su solicitud de pensión por viudez al Estado Colombiano. Sin embargo, le respondieron que “éste no está obligado a reconocer un régimen patrimonial análogo al establecido en la Ley 54 de 1990 a todas las parejas y grupos sociales diversos existentes, unidos o no por lazos sexuales o afectivos”.

Ante la eliminación de toda clase de derechos derivados de las uniones de parejas del mismo sexo, que no pueden casarse según las leyes colombianas, el supérstite y el abogado Germán Rincón llevaron el caso al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, organismo encargado de dar seguimiento al Pacto de Derechos Civiles y Políticos que ha suscrito Colombia.

El Comité, en histórico fallo, hace notar que la argumentación del Estado Colombiano establece diferencias en el acceso a derechos a causa de la orientación sexual de las personas, y que la prohibición de no discriminación incluye esta causal, en cumplimiento del artículo 26 del Pacto:

“Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.

En este sentido, y en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto, el Comité considera que Colombia ha violado el Pacto, y que el supérstite tiene derecho a que se vuelva a examinar su solicitud y que el país en cuestión debe adoptar las medidas correspondientes para evitar violaciones a los derechos humanos similares en el futuro.

Mientras tanto, Marcela Sánchez Buitrago, representante de Colombia Diversa, resalta que “esta es la primera vez en un país latinoamericano, y la tercera vez en el mundo, que el Comité de Derechos Humanos de la ONU se pronuncia frente a un caso de pensión por viudez para parejas homosexuales”. Se espera que en 90 días, plazo otorgado por el Comité, el Estado Colombiano informe acerca de las medidas que tomará en este caso.